Conozcamos los pasos que tiene esta implementación. Haz clic en los cuadros del gráfico

PASO 1: Revisión información Secundaria
• Convenio de cooperación
• Contrato de concesión
• Informes técnicos

PASO 2: Ajuste a formularios
• Incorporar la información de los documentos legales a los formularios

PASO 3: Evaluación en territorio
• Entrevista a concesionarios y beneficiarios
• Verificación de infraestructura, instalaciones y calidad en servicios

PASO 4: Sistematización y Recomendaciones
• Elaboración de informes técnicos
• Incorporar documentos de verificación

PASO 5: Comunicación de resultados
• Aprobación por parte de la autoridad Ambiental
• Comunicación de resultados al beneficiario

PASO 6: Implementación de las recomendaciones

1. Revisión e información secundaria

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  • Identificar el contrato de concesión o convenio de cooperación suscrito entre la Autoridad Ambiental y el concesionario o beneficiario privado.

  • Disponer de los informes técnicos habilitantes, que demuestren la calidad y el estatus del concesionario o beneficiario privado, incluyendo todos aquellos documentos que prueben que el suscriptor del contrato de concesión o convenio de cooperación cumple con sus obligaciones legales en todos los ámbitos corporativos (IESS, SRI, Ministerio del Trabajo, etc.).


  • En aquellos casos que el contrato de concesión o convenio de cooperación sea resultado de un procedimiento competitivo, se requerirá de la oferta ganadora, ya que incluye la propuesta técnica y financiera sobre la que se realizará la evaluación.

  • Disponer de los oficios o los incidentes de quejas o felicitaciones relacionados con el negocio a ser evaluado.

2. Ajustes a los formularios

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El evaluador en gabinete ajusta los formularios técnicos aplicados a los contratos de concesión o convenios de cooperación.

El evaluador procede a completar la siguiente información:

 
  • Datos generales del concesionario o datos generales del beneficiario particular.

  • Completar el tipo de servicios e infraestructura a ser evaluada. Para lo cual deberá incluir lo establecido en el contrato de concesión o en el convenio de cooperación firmado entre la Autoridad Ambiental y el concesionario o beneficiario.


  • En el caso de los convenios de cooperación se deberá incluir la información referente a los beneficios económicos y no económicos, producto de la iniciativa productiva. Para el levantamiento de información se recomienda seguir los pasos de la metodología de cadena de valor del producto o servicio evaluado.

3. Evaluación en territorio

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La persona evaluadora en territorio utilizará los Formularios de Evaluación, para verificar:

 
  1. Datos generales: información básica sobre el concesionario, para contratos de concesión, o beneficiario particular en el caso de convenios de cooperación.



  1. Planificación: Cumplimiento de las obligaciones del concesionario o beneficiario particular en relación a buenas prácticas de la operación, sistemas de seguridad y contingencia, estrategias de comercialización y marketing.

  2. Operación y calidad del servicio prestado: Cumplimiento de las condiciones de la operación de los servicios y evaluación de la calidad de los servicios prestados.


  1. Infraestructura, instalaciones y equipos: Cumplimiento de las condiciones de uso de la infraestructura, las instalaciones y equipos.

  2. Reporte financiero: Evaluación del cumplimiento de las condiciones financieras que son negociadas en entrega de dinero en efectivo o especies, resultado del contrato de concesión o convenio de cooperación.

4. Sistematización y recomendaciones

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  • El evaluador elaborará el informe técnico que sistematice la información levantada durante el proceso de la evaluación, se consolidará los resultados y se analizará las observaciones técnicas.

  • Al inicio de la elaboración del informe técnico es necesario solicitar los documentos que no fueron entregados por el concesionario o beneficiario particular durante la evaluación en territorio.

  • En caso de que el concesionario o beneficiario no entregue la información requerida, se hará constar en la evaluación como un incumplimiento.


  • Las recomendaciones emitidas por el evaluador deberán ser realistas y deberán integrar la experiencia desarrollada durante la evaluación. Así también serán específicas para los actores involucrados y puntualizarán un cronograma para solventar los conflictos o inconvenientes que limiten los negocios en las Áreas Protegidas. Óptimamente las recomendaciones deberán ser consideradas como compromisos a cumplirse entre el concesionario o beneficiario y el evaluador.

  • Así también se deberá incluir las experiencias generadas por la operación del negocio y de esta forma generar recomendaciones que potencien las oportunidades que surgen desde la operación del negocio.

5. Comunicación de resultados

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El informe técnico realizado por el evaluador debe ser elevado para su correspondiente aprobación al Director Provincial de Ambiente o su delegado y al Director Nacional de Biodiversidad.

El informe técnico puede recibir observaciones del Director Provincial del Ambiente o su delegado y del Director Nacional de Biodiversidad o su delegado. Cuando el informe técnico solvente el total de las observaciones deberá comunicar al concesionario o al beneficiario particular del contrato de concesión o convenio de cooperación respectivamente, los resultados de la evaluación. El proceso de revisión y corrección del informe técnico, se sugiere no sea mayor a 15 días.


La comunicación de los resultados a los concesionarios o beneficiarios de los contratos de concesión o los convenios de cooperación, se dará a través de un oficio desde el Director Provincial de Ambiente, quien es el responsable legal de los contratos de concesión y convenios de cooperación, herramientas de gestión que por su condición de ente desconcentrado se habilitan a través de los Acuerdos Ministeriales No. 025 y No.158.

Este oficio se deberá copiar para conocimiento del Director Nacional de Biodiversidad y el Administrador del Área Protegida

6. Implementación de las recomendaciones

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Para poner en marcha las recomendaciones que tendrán como finalidad el cumplimiento de los convenios de cooperación o contratos de concesión se debe proponer un cronograma de implementación de las mejoras o correctivos. En este claramente se deberá definir responsables tanto de la ejecución como de las acciones de monitoreo.

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